Donaciones planificadas en Las Palmas
Abogados de Sucesiones y Donaciones
Le asesoramos sobre el régimen de sucesiones vigente en relación con los derechos que se transmiten cuando fallece una persona vinculada a usted. De igual modo, nuestros abogados especialistas en donaciones le asesorarán en aquellos supuestos en los que quiera realizar la donación de algún bien de su patrimonio a un tercero.
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En Canarias no hay tradición de planificación fiscal, lo que implica que muchas veces nos encontremos con sorpresas desagradables al recibir una herencia en Las Palmas. Por eso es recomendable hacer un estudio de la mejor opción tributaria con un profesional en la materia, ya que si se planifica, a veces el coste de heredar puede ser menor mediante donaciones, empresa familiar…
Para planificar correctamente la transmisión resulta aconsejable dejar para la herencia por testamento los bienes que estén exentos de tributar en sucesiones o que tienen reducciones muy altas, como la vivienda familiar, la empresa familiar o determinados seguros de vida, entre otros, y donar en vida los bienes que tienen beneficios fiscales para el que recibe la donación. Habrá muchos bienes que se graven, tanto por sucesión como por donación, y habrá que reflexionar cómo transmitirlos.
En el caso de las donaciones, es muy importante tener en cuenta que la ganancia patrimonial puesta de manifiesta en una donación sí que debe declararse en el IRPF (excepto en el caso de la vivienda habitual de los mayores de 65 años), lo que la diferencia de la que deviene de la sucesión mortis causa que no tributará por el IRPF, lo que se conoce como ‘plusvalía del muerto’. En activos con mucha rentabilidad acumulada desde la compra este impacto puede ser muy elevado.