¿Se heredan las deudas? Claves legales antes de aceptar una herencia

Cuando una persona fallece, una de las primeras dudas que surgen es si las deudas también se heredan. La respuesta jurídica es clara: sí, las deudas forman parte de la herencia, salvo que el heredero adopte medidas legales para limitar su responsabilidad.

El artículo 659 del Código Civil establece que la herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones del causante que no se extingan por su muerte. Esto implica que junto a inmuebles, cuentas bancarias o vehículos, también se transmiten préstamos, hipotecas, deudas tributarias o responsabilidades frente a terceros.

En nuestro despacho de abogados herencias en Las Palmas analizamos con frecuencia herencias en las que existen préstamos personales, deudas con la Agencia Tributaria o avales firmados años antes del fallecimiento.

¿Qué ocurre si acepto una herencia con deudas?

La aceptación pura y simple implica una consecuencia importante: el heredero responde de las deudas hereditarias incluso con su propio patrimonio, tal y como establece el artículo 1003 del Código Civil.

El Tribunal Supremo, en su Sentencia de 3 de junio de 2014 (RJ 2014/3909), recuerda que la aceptación pura y simple produce la confusión de patrimonios, lo que supone responsabilidad ilimitada del heredero frente a los acreedores del causante.

Esto significa que si las deudas superan el valor de los bienes heredados, el heredero deberá asumir la diferencia con su propio dinero.

¿Aceptamos o rechazamos una herencia?

Cuando se acepta una herencia, se están aceptando las deudas que la persona fallecida tenía en vida. Sin embargo, existen figuras legales a la hora de aceptar una herencia que permiten disfrutar de ella sin tener que hacer frente a las deudas. Ante una herencia pendientese pueden tomar tres actitudes:

  • Aceptar la herencia (Con todas las deudas incluidas).
  • Rechazar la herencia (Que pasaría al siguiente nivel de sucesores o herederos).
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario (En este caso se disfrutaría sólo de la parte de bienes y activos que quedaran una vez atendidas todas las deudas).

El motivo más habitual por el que rechazamos una herencia es, precisamente, no tener que afrontar posibles deudas. Las herencias de parientes desconocidos o con los que no se tenía relación pueden ser un montón de deudas en vez de bienes. Por esa razón, muchos herederos renuncian de antemano a la herencia para no tener un problema a posteri.

Es posible, y no es algo esporádico, que una herencia suponga más gastos que beneficios. El punto clave está en aceptar o rechazar una herencia con conocimiento y experiencia. En este caso trabajar con un abogado especializado en herencias en Gran Canaria es un buen consejo.

La buena noticia es que, si rechazas una herencia, no te pueden reclamar nada. En última instancia la responsabilidad, por falta de herederos, recaería en el Estado.

La aceptación a beneficio de inventario: cómo protegerse

Los artículos 1010 y siguientes del Código Civil regulan la aceptación a beneficio de inventario, mecanismo que permite al heredero responder de las deudas exclusivamente con los bienes de la herencia.

El Tribunal Supremo, en Sentencia de 20 de enero de 2015 (RJ 2015/327), subraya que este beneficio protege al heredero siempre que se cumplan estrictamente los requisitos formales y plazos legales. Si se incumplen, puede perderse la limitación de responsabilidad.

Por ello, su tramitación debe realizarse con asesoramiento jurídico especializado en herencias.
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¿Es mejor renunciar a una herencia con deudas?

La renuncia, regulada en los artículos 988 y siguientes del Código Civil, debe formalizarse ante notario y tiene carácter irrevocable.

La Sentencia del Tribunal Supremo de 11 de septiembre de 2013 (RJ 2013/5677) confirma que quien renuncia válidamente deja de tener la condición de heredero y no responde frente a los acreedores del fallecido.

Cuando todos los herederos renuncian y no existen más llamados a la sucesión, la herencia corresponde al Estado conforme al artículo 956 del Código Civil.

Preguntas frecuentes sobre herencias con deudas en Las Palmas

¿Si acepto una herencia puedo perder mi casa por las deudas del fallecido?
Sí. Si aceptas la herencia de forma pura y simple y las deudas superan el valor de los bienes heredados, respondes con tu patrimonio personal, incluida tu vivienda. Por eso es fundamental estudiar previamente la situación económica del causante.

¿Cuánto tiempo tengo para aceptar o rechazar una herencia?
En Derecho español no existe un plazo general obligatorio para aceptar o renunciar, pero los acreedores pueden instar judicialmente al heredero a que se pronuncie. Además, existen plazos fiscales para liquidar el Impuesto sobre Sucesiones, que en Canarias es de seis meses desde el fallecimiento.

¿Las deudas con Hacienda también se heredan?
Sí. Las deudas tributarias pendientes forman parte del pasivo hereditario y pueden ser reclamadas a los herederos, salvo que hayan renunciado o hayan aceptado a beneficio de inventario.

¿Puedo investigar las deudas antes de aceptar la herencia?
Sí. Es recomendable solicitar información bancaria, consultar el Registro de la Propiedad, verificar posibles deudas fiscales y comprobar si existen procedimientos judiciales en curso. Nuestro abogado herencias Las Palmas puede ayudarte a realizar este análisis previo. Pide cita ahora.

¿Qué pasa si ya he aceptado y aparecen deudas después?
Si la aceptación fue pura y simple, podrías responder con tu patrimonio personal. En algunos casos concretos puede analizarse si concurren circunstancias que permitan impugnar la aceptación, pero son supuestos excepcionales que requieren estudio jurídico detallado.

Asesoramiento en herencias con deudas en Las Palmas

Cada herencia es diferente y puede ocultar riesgos económicos importantes. Antes de aceptar o renunciar, es imprescindible conocer con exactitud la situación patrimonial del fallecido.

En nuestro despacho de abogados herencias en Las Palmas estudiamos su caso de forma individualizada y le asesoramos sobre la opción más segura para proteger su patrimonio.

Si se enfrenta a una herencia con posibles deudas en Las Palmas, solicite asesoramiento jurídico antes de firmar cualquier documento ante notario. Una decisión informada puede evitar consecuencias económicas graves.

Póngase en contacto en el Tlf. 928 266 609 y encontraremos la solución más adecuada para su caso.

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